MODIFICACIONES EN EL RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA EN COLOMBIA, A PARTIR DEL PLAN DE DESARROLLO 2022-2026 “COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA”

MODIFICACIONES EN EL RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA EN COLOMBIA, A PARTIR DEL PLAN DE DESARROLLO 2022-2026 “COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA”

A través de la Ley 2294 de 2023 se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida” (PND), sustentado principalmente en 5 ejes que transforman aspectos tales como propiedad, tributación, justicia, contratación pública, entre otros. 

Con referencia a la contratación pública, las modificaciones y aspectos relevantes a tener en cuenta son:

El fortalecimiento del sistema electrónico para la contratación pública (Art. 99), con la interoperabilidad que permita el acceso, público y gratuito, a la información consignada en el Registro Único de Proponentes (RUP), a través del Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP).

La modificación del artículo 7 de la Ley 80 de 1993, al adicionar, a los ya previstos por la Ley, dos (2) nuevos sujetos a contratar: Las Asociaciones de Cabildos Indígenas y/o Autoridades Tradicionales Indígenas y el Consejo Indígena. En esta misma línea, los artículos 100 y 101 del PND introducen un nuevo agente de contratación: Las asociaciones de iniciativa público popular. Para tal efecto, la norma regula las materias que podrán ser adelantadas a través de las asociaciones, así como las cuantías y las modalidades de contratación.

Por último, otro aspecto relevante es la inclusión de nuevas causales de contratación directa que buscan facilitar la contratación que afecta a comunidades constitucionalmente protegidas.